{"id":45,"count":14,"description":"<p>La Ley de Miner\u00eda en Guatemala (Decreto 48-97) fue promulgada en 1997, cuyo contenido da cuenta de las disposiciones generales bajo las cuales se norma la extracci\u00f3n mineral en las fases de reconocimiento, exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n de los \u201crecursos\u201d minerales. Su competencia recae sobre los ministerios de Energ\u00eda y Miner\u00eda.<\/p>\r\n<p>En ella se se\u00f1ala que los derechos de propiedad recaen sobre el Estado, en t\u00e9rminos de tierra\/agua y servidumbres, estableciendo una serie de t\u00e9rminos econ\u00f3micos bajo los cuales se comprende dicha extracci\u00f3n. Por tanto, toda persona, natural o jur\u00eddica, nacional o extranjera podr\u00e1 ser titular, mediante previa aprobaci\u00f3n del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) por parte de la Comisi\u00f3n Nacional de Medio Ambiente.<\/p>\r\n<p>Llama la atenci\u00f3n el hecho de que las licencias de operaci\u00f3n puedan ser revocada en caso de incumplimiento de plazos, pagos o negarse a la fiscalizaci\u00f3n, no as\u00ed por afectaciones propias de la actividad, generadas hacia las comunidades, las personas y la naturaleza.<\/p>\r\n<p>En el C\u00f3digo Minero no existe un reconocimiento de las comunidades, como tampoco de la propiedad sobre sus territorios ancestrales.<\/p>\r\n<p>A su vez, en 1997, el Estado de Guatemala ratific\u00f3 el Convenio 169 de la OIT, sin embargo, no existen procedimientos de consulta establecidos que permitan su cumplimiento; adem\u00e1s, no se estipulan mecanismos para ejercer los derechos de los pueblos sobre sus territorios ancestrales.<\/p>\r\n<p>Por otro lado, a partir del Acuerdo de Paz firmado en el a\u00f1o 1996, se establecieron algunos mecanismos de descentralizaci\u00f3n sobre el derecho a la consulta, como es el C\u00f3digo Municipal (Decreto 12-2002), el cual regula la consulta a vecinos, a las comunidades y autoridades de pueblos originarios y estipula las modalidades de dichas consultas.<\/p>\r\n<p>Adem\u00e1s de la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural (Decreto 11-2002), que regula particularmente la consulta a los pueblos maya, xinca y gar\u00edfuna. <\/p>\r\n","link":"https:\/\/www.redlatinoamericanademujeres.org\/mapa\/category\/guatemala-2\/","name":"Guatemala","slug":"guatemala-2","taxonomy":"category","parent":0,"meta":[],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.redlatinoamericanademujeres.org\/mapa\/wp-json\/wp\/v2\/categories\/45","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.redlatinoamericanademujeres.org\/mapa\/wp-json\/wp\/v2\/categories"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.redlatinoamericanademujeres.org\/mapa\/wp-json\/wp\/v2\/taxonomies\/category"}],"wp:post_type":[{"href":"https:\/\/www.redlatinoamericanademujeres.org\/mapa\/wp-json\/wp\/v2\/posts?categories=45"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}